La Ley de Nietos y la suspensión del voto
La suspensión del voto y el alcance de la Ley de Nietos
El presentador sostiene que el Tribunal Supremo no ha suspendido el voto de todos los descendientes de exiliados, sino cautelarmente el de quienes obtuvieron la nacionalidad mediante una instrucción ministerial que, según explica, amplió los supuestos previstos en la Ley de Memoria Democrática. Distingue entre descendientes de exiliados políticos y descendientes de emigrantes económicos, y afirma que los primeros pueden votar si acreditan esa condición.
Como ejemplo, comenta el caso de Roberto Cano Pereira y su bisabuelo Miguel Serra Horta, que emigró a Uruguay por motivos económicos y fue cónsul honorario. Según el relato, más de treinta descendientes de Serra Horta obtuvieron la nacionalidad por la vía abierta por la instrucción. El presentador recuerda que el Congreso rechazó una enmienda para extender la nacionalidad a todos los descendientes de emigrantes españoles.
«Esto no es exilio republicano. Esto es emigración económica.» — Presentador
Las vías para recurrir ante el Tribunal Constitucional
El presentador afirma que el Gobierno no estaría legitimado para recurrir en amparo contra los autos del Supremo y que, en principio, podrían hacerlo las personas afectadas individualmente. Explica que estas tendrían que agotar antes la vía judicial, pues el Supremo les permite personarse y presentar alegaciones. Añade que los plazos del proceso electoral podrían impedir que una eventual petición de amparo llegase a tiempo.
Motivos que plantea sobre la posición del Gobierno
El episodio expone tres posibles explicaciones para que el Gobierno quiera que voten las personas afectadas: la reparación histórica, evitar reconocer que la instrucción ministerial pudo ir más allá de la ley y el cálculo electoral. El presentador cuestiona la primera, aludiendo a que, según los autos, se desconocía cuántos expedientes se habían revisado y cuántos certificados de exilio se habían expedido.
También plantea dudas sobre la tramitación de nacionalizaciones en el consulado de La Habana. Afirma que el consulado contrató a la empresa estatal cubana PALCO para obtener personal de apoyo y expresa preocupación por la independencia de esos trabajadores y por la tramitación de los expedientes. Presenta la posibilidad de manipulación electoral como una sospecha, no como un hecho demostrado.
La aplicación de las medidas cautelares
El presentador señala que el Supremo puede ordenar la suspensión, pero que su aplicación depende de la Oficina del Censo Electoral y de los consulados. Explica que los registros citados no permitirían identificar fácilmente por qué vía obtuvo cada persona la nacionalidad. Advierte que, si las autoridades alegasen falta de medios y enviaran la documentación electoral a todos los inscritos en el CERA, las medidas cautelares podrían no aplicarse de forma efectiva. Cierra acusando al Gobierno de no cumplir los autos del Supremo.